El Consejo asesor de contenido anuló una decisión de Facebook: Caso 2021-010-FB-UA

El Consejo asesor de contenido anuló la decisión de Facebook de eliminar una publicación en la que se mostraba un video de manifestantes en Colombia criticando al presidente del país, Iván Duque. En el video, los manifestantes usaron una palabra designada como insulto conforme a la norma comunitaria sobre lenguaje que incita al odio de Facebook. Al evaluar el valor de interés público de este contenido, el Consejo determinó que Facebook debería haber aplicado la concesión de interés periodístico en este caso.

Información sobre el caso

En mayo de 2021, la página de Facebook de un medio de comunicación regional de Colombia compartió una publicación realizada por otra página de Facebook, sin agregar texto adicional. La publicación compartida es el contenido en cuestión en este caso. La publicación original incluía un breve video en el que se mostraba una manifestación en Colombia, donde se veían personas marchando detrás de un cartel que decía: "SOS COLOMBIA".

Los manifestantes cantaban en español y se dirigían al presidente colombiano mencionando la reforma tributaria que el Gobierno colombiano había propuesto recientemente. Como parte de su canto, los manifestantes llamaron al presidente "hijo de puta" una vez y dijeron "deja de hacerte el marica en la TV" una vez. Facebook tradujo el contenido del español al inglés como "son of a bitch" y "stop being the fag on tv". El video estaba acompañado por texto en español en el que se expresaba admiración por los manifestantes. La publicación compartida se vio alrededor de 19.000 veces, y menos de cinco usuarios la reportaron a Facebook.

Conclusiones principales

Facebook eliminó este contenido, ya que incluía el término "marica" (a partir de ahora, escrito como "m**ica"). Esto infringía la norma comunitaria sobre lenguaje que incita al odio de Facebook, que prohíbe el contenido que "describe o señala negativamente a personas mediante insultos" sobre la base de características protegidas, como la orientación sexual. Facebook indicó que, si bien, en teoría, la concesión de interés periodístico podría haberse aplicado a dicho contenido, esta solo puede aplicarse si los moderadores de contenido que inicialmente lo revisan deciden escalarlo para que el equipo de políticas de contenido de Facebook vuelva a revisarlo. En este caso, esto no sucedió. El Consejo también señaló que los criterios de Facebook acerca del escalamiento no son públicos.

Facebook designó el término "m**ica" como insulto sobre la base de que es inherentemente ofensivo y se usa como etiqueta peyorativa y discriminatoria, sobre todo, contra hombres gais. El Consejo admitió que ninguna de las excepciones que se mencionan actualmente en la norma comunitaria sobre lenguaje que incita al odio de Facebook permite el uso de insultos, que puede contribuir a un entorno de intimidación y exclusión para las personas del colectivo LGBT; no obstante, determinó que la empresa debería haber aplicado la concesión de interés periodístico en este caso.

La concesión de interés periodístico exige que Facebook sopese el interés público de conservar ciertas expresiones frente al riesgo de daño de conservar contenido infractor. Como parte de este proceso, Facebook considera la naturaleza del discurso, así como el contexto específico del país, por ejemplo, la estructura política nacional y la presencia de libertad de prensa.

Al evaluar el valor de interés público de este contenido, el Consejo señaló que se publicó durante manifestaciones generalizadas contra el Gobierno colombiano en un momento significativo en la historia política del país. Si bien pareciera que los participantes usaron el insulto de forma deliberada, se usó una única vez entre otras muchas expresiones, y el canto hizo hincapié principalmente en criticar al presidente del país.

El Consejo también indicó que, en un entorno en que los medios de comunicación estaban restringidos para la expresión política, los medios sociales brindaron una plataforma para que todas las personas, incluidos periodistas, compartieran información sobre las manifestaciones. Aplicar la concesión de interés periodístico en este caso implica que solo se permitiría contenido dañino en situaciones excepcionales y limitadas.

Decisión del Consejo asesor de contenido

El Consejo asesor de contenido anuló la decisión de Facebook de eliminar el contenido y solicitó que se restaure la publicación.

En una declaración de asesoramiento normativo, el Consejo recomendó que Facebook:

  • Publicara ejemplos ilustrativos de la lista de insultos designados como infractores conforme a su norma comunitaria sobre lenguaje que incita al odio, incluidos casos dudosos con términos que podrían ser dañinos en ciertos contextos, pero en otros no.
  • En la breve explicación de la concesión de interés periodístico provista en la introducción a las Normas comunitarias, incluyera un enlace que dirija a una explicación más detallada en el Centro de transparencia de Facebook de cómo se aplica esta política. La empresa debería complementar esta explicación con ejemplos ilustrativos correspondientes a diversos contextos, incluida la cobertura periodística de manifestaciones de gran escala.
  • Desarrollara y difundiera criterios claros para que los revisores de contenido escalen el contenido de interés público para una nueva revisión cuando posiblemente infrinja las Normas comunitarias, pero también cumpla los requisitos para la concesión de interés periodístico. Estos criterios deben abarcar el contenido en que se muestren grandes manifestaciones sobre asuntos políticos.
  • Notificara a todos los usuarios que reportaron contenido que se juzgó como infractor, pero que se conservó en la plataforma por motivos de interés público, acerca de la aplicación de la concesión de interés periodístico a la publicación.

Más información:

Para leer la decisión completa del caso, haz clic aquí.

Para leer una sinopsis de los comentarios del público sobre el caso, haz clic en el archivo adjunto a continuación.

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