Anulado

Comentario contra una persona en silla de ruedas

Un usuario apeló la decisión de Meta de conservar un comentario de Instagram con una burla hacia una persona en silla de ruedas.

Tipo de decisión

Resumen

Políticas y temas

Tema
Comunidades marginadas, Discriminación
Estándar comunitario
Bullying y acoso

Regiones/Países

Ubicación
Canadá, Estados Unidos

Plataforma

Plataforma
Instagram

Las decisiones resumidas analizan casos en los que Meta revirtió su decisión original sobre un contenido después de que el Consejo lo remitiera a la empresa e incluyen información sobre los errores que Meta reconoció. Estas decisiones son aprobadas por un panel de miembros del Consejo, no por todo el Consejo, no implican comentarios del público ni tienen valor de precedencia para el Consejo. Las decisiones resumidas traen aparejados cambios directos en las decisiones de Meta, ya que aportan transparencia respecto de estas correcciones, a la vez que permiten identificar en qué aspectos Meta podría mejorar la aplicación de sus políticas.

Resumen

Un usuario apeló la decisión de Meta de conservar un comentario de Instagram con una burla hacia una persona en silla de ruedas. Después de que el Consejo le remitiera la apelación a Meta, la empresa revirtió su decisión original y eliminó el comentario.

Información sobre el caso

Este caso se relaciona con un comentario escrito en respuesta a un video publicado en Instagram. En septiembre de 2025, un usuario publicó un clip de video que mostraba a dos personas, una que usaba silla de ruedas y la otra que podía caminar, con una superposición de texto que enumeraba cuatro ventajas de salir con alguien en silla de ruedas. El video parece haberse producido de un modo cuyo fin es ser gracioso y cariñoso. El contenido del caso en cuestión, que es una respuesta al video, dice: "Y nunca salió [sic] corriendo [emoji de saludo]".

En su declaración al Consejo, el usuario que presentó la apelación señaló que los comentarios como el de este caso "estigmatizan a las personas con discapacidades o necesidades especiales, y las hacen sentir menos humanas". También afirma que comentarios como este entrañan "agresión sexual o amenazas de violación" debido a los obstáculos de movilidad de las personas que van en silla de ruedas.

Meta inicialmente conservó el comentario en la plataforma. Sin embargo, después de que el Consejo remitiera este caso a Meta, la empresa determinó que infringía sus políticas. En virtud de la política de bullying y acoso de Meta, la empresa no permite "celebración o burla sobre muerte o enfermedad". La empresa expresó que el comentario del caso que afirma que una persona en silla de ruedas "nunca saldrá corriendo" sugiere que no se puede marchar por falta de movilidad física. Meta concluyó que este comentario se burla implícitamente de una persona que usa silla de ruedas debido a su enfermedad y, como tal, infringe la política de la empresa. Meta entonces eliminó el comentario de Instagram.

Autoridad y alcance del Consejo

El Consejo tiene la autoridad para revisar la decisión de Meta tras la apelación del usuario que reportó el contenido que se conservó en la plataforma (artículo 2, sección 1, del acta constitutiva; artículo 3, sección 1, de los estatutos).

Cuando Meta reconoce que cometió un error y revierte su decisión en un caso en consideración para la revisión del Consejo, el Consejo puede seleccionar ese caso para una decisión resumida (artículo 2, sección 2.1.3, de los estatutos). El Consejo revisa la decisión original para entender mejor los procesos de moderación de contenido empleados, reducir los errores y ser más justo con los usuarios de Facebook, Instagram y Threads.

Importancia del caso

La falla de Meta a la hora de eliminar el comentario de Instagram ilustra los desafíos que enfrenta la empresa en cuanto a la aplicación de su norma comunitaria sobre bullying y acoso. Pone de manifiesto que una moderación imprecisa en este ámbito puede contribuir a un entorno que ya ejerce exclusión y al tratamiento deshumanizante tanto online como offline hacia las personas que usan silla de ruedas y aquellas con otros impedimentos físicos, lo que infringe sus derechos y socava su dignidad. Según una investigación de la organización no gubernamental Scope UK, tres de cada cuatro personas con discapacidad (72%) experimentaron actitudes o comportamientos negativos en los últimos cinco años debido a su discapacidad (el informe se publicó en 2022). Nueve de cada diez personas con discapacidad (87%) que experimentaron actitudes o comentarios negativos debido a su discapacidad afirmaron que esto tuvo efectos negativos en su vida cotidiana. Según el informe, "de miradas que generan incomodidad a acusaciones más graves y abuso verbal o físico. Todo suma y hace que las personas con discapacidad se sientan aisladas, solas y fuera de la sociedad".

El Consejo ya había hecho hincapié en la importancia de eliminar contenido dañino que se burla de una persona en función de una enfermedad en el caso Imagen de violencia de género. En la decisión, el Consejo recomendó a Meta que "para brindar claridad a los usuarios, debería explicar que el término 'enfermedad', como se usa en la norma comunitaria sobre bullying y acoso, incluye 'lesión física grave'. Si bien en las pautas internas se explica a los moderadores de contenido que 'enfermedad' incluye 'lesión física grave', esta explicación no se proporciona a los usuarios de Meta" (recomendación n.º 1). La implementación de esta recomendación se encuentra en curso. Meta informó que "está en proceso de revisar su norma comunitaria sobre bullying y acoso con nuevas líneas normativas, incluido texto aclaratorio que indique que 'enfermedad' incluye 'lesión física grave' de conformidad con las pautas internas" (informe del primer semestre de 2025 de Meta [Apéndice ] sobre el Consejo asesor de contenido).

Asimismo, en su decisión del caso Videos de debate sobre identidad de género, el Consejo recomendó que Meta "permita a los usuarios designar cuentas conectadas, que pueden marcar posibles infracciones de la política de bullying y acoso que requieren reportes en su nombre (recomendación n.º 3). La implementación de esta recomendación se encuentra en curso. Meta informó que "permitir que una persona reporte en nombre de otra es técnicamente complicado dado el modo en que funcionan [sus] sistemas de revisión a gran escala y podría dar lugar a abuso, pero [la empresa] explorará opciones y brindará una actualización sobre esta labor en un informe futuro" (informe del primer semestre de 2025 [Apéndice ] sobre el Consejo asesor de contenido).

El Consejo cree que la implementación total de la recomendación sobre claridad en torno al texto público de la norma comunitaria sobre bullying y acoso permitiría a los usuarios entender mucho mejor las infracciones potenciales que podrían cometer con su contenido en virtud de la política. Asimismo, la implementación de la recomendación sobre cuentas conectadas designadas fortalecería aún más la capacidad de la empresa de reducir la subaplicación de políticas respecto de contenido relacionado con bullying y acoso.

Decisión

El Consejo anuló la decisión original de Meta de conservar el contenido. El Consejo confirmó que Meta corrigió su error inicial después de haberle remitido el caso.

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